Noticias

Image

Procedimiento para realizar donaciones a las Subvenciones Globales deducibles del impuesto a las ganancias:

Cuando una persona física o jurídica realicen una Donación a una Global Grant (GG) y solicite que esa Donación sea deducible del Impuesto a las Ganancias (IG), se deberá cumplir con el siguiente procedimiento para que sea posible su aplicación a la GG y su deducción del IG concomitantemente:

  • La GG debe encontrarse APROBADA: La Fundación Rotaria (LFR) NO PROCESA aportes a GG que no se encuentren aprobadas
  • El aporte debe realizarse exclusivamente por transferencia bancaria a la cuenta de FUNDACIÓN ROTARIA en Argentina desde la cuenta bancaria del Donante
  • NO se aceptan cheques, depósitos en efectivo ni ningún otro tipo de operación bancaria
  • NO se acepta que la transferencia que reciba LFR sea realizada por una persona distinta al donante. Por ejemplo: que el donante transfiera al club, y que sea el club quien transfiera a LFR
  • Una vez realizada la Transferencia, el ROTARY CLUB (y no el Donante) debe comunicar por email a LFR el aporte realizado por el Donante:
  1. Indicando que la transferencia se realiza con cargo a la GG de la cual se trate
  2. Los datos del Donante para proceder a la facturación (Razón Social o Nombre completo, CUIT y condición ante el IVA)
  3. Debe adjuntar el comprobante de la transferencia: condición ineludible para proceder al procesamiento del aporte. Puede ser una foto de whatsapp, en formato pdf o cualquier formato legible que permita determinar el monto del aporte, la fecha y los demás datos del comprobante
  4. Email del Donante (así recibe su respectiva Factura Electrónica emitida por LFR)
  5. El email informando el aporte debe ser enviado a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Si la Donación supera el límite establecido por la UIF, que actualmente es de $ 196.000, el Donante deberá presentar una Certificación de Origen de Fondos certificada por Contador Público. Además, en caso de que el Donante sea persona jurídica, deberá cumplimentar lo siguiente:

Art. 13.—Datos a Requerir a las personas jurídicas.
Los Sujetos Obligados deberán determinar de manera fehaciente, como mínimo, en el caso de personas jurídicas:

  • a) Razón social.
  • b) Fecha y número de inscripción registral.
  • c) C.U.I.T. (clave única de identificación tributaria) o C.D.I. (clave de identificación).
  • d) Fecha del contrato o escritura de constitución.
  • e) Copia certificada del estatuto social actualizado (la certificación debe ser actual)
  • f) Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia y código postal).
  • g) Número de teléfono de la sede social, dirección de correo electrónico y actividad principal realizada.
  • h) Actas certificadas del Organo decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social. (la certificación debe ser actual)
  • i) Datos identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados o autorizados con uso de firma, que realicen las donaciones o aportes en nombre y representación de la persona jurídica donante o aportante, conforme los puntos a) a j) del artículo 13.
  • Los puntos a, b, c, d, f, g, i, deben venir en una carta con membrete de la empresa y firmada en original por un responsable de la misma
Image
Si el aporte realizado no supera los $ 196.000, no es necesario presentar la documentación exigida por la UIF